29 de Diciembre del 2021
Alvaro Pan Cruz
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
"El valor del perdón, que es personal, no guarda relación con el valor de mantener la memoria" afirma Anatole Julien
Anatole Julien
Foto: Gentileza Anatole Julien

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino por el secuestro de los hermanos Anatole y Victoria Julien en setiembre de 1976 en la provincia de Buenos Aires e impuso medidas innovadoras en lo vinculado al reconocimiento de los crímenes por parte del Estado y en el caso concreto de Oscar Tassino y de Luis Eduardo González.

Recientemente la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer una sentencia referida al caso de la “Familia Julien Grisonas Vs. Argentina”. La misma está firmada por su Presidenta, Elizabeth Odio Benito, el Vicepresidente, Eduardo Vio Grossi y por los jueces Humberto Antonio Sierra Porto y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, con la asistencia del Secretario Pablo Saavedra Alessandri.

Entre los múltiples conceptos que se expresan en dicha sentencia, se afirma que el derecho a la verdad “precisa que, ya no sólo se le contemple como una parte del debido proceso, sino como un derecho fundamental autónomo, ubicado además dentro de los derechos sociales, resultando su reconocimiento una necesidad en las sociedades políticas modernas”, una noción tomada del trabajo titulado “El Derecho a la Verdad”, del abogado chileno Gerardo Bernales Rojas.

El texto de la Presidenta finaliza diciendo que “teniendo en cuenta la complejidad de las violaciones a los derechos humanos expuestas en este caso y la seriedad con que se debe investigar una operación tan tenebrosa y sangrienta como el Plan Cóndor, donde participaron diversos Estados, es necesario dejar constancia de estas preocupaciones que ojalá puedan llamar la atención a los órganos del sistema como a los representantes de las víctimas para que puedan ser presentados, admitidos y debatidos en el sistema, sea vía reforma reglamentaria o, conforme lo he sostenido en otros votos, vía desarrollo jurisprudencial”.

“La paz, si es posible; pero la verdad, a toda costa”. Martín Lutero (1483-1546)

Mediante este pronunciamiento se ordenó al Estado argentino resolver “en un plazo razonable, la causa incoada para esclarecer los hechos perpetrados” contra Julien y realizar “a la mayor brevedad posible, una búsqueda seria y con la debida diligencia” respecto del paradero de los restos de Victoria Grisonas, así como avanzar en la causa que investiga la desaparición de los restos de Roger Julien.

Además el Estado argentino tendrá que pagar los gastos de los hermanos Julien en tratamientos psicológicos o psiquiátricos “para atender los padecimientos sufridos como consecuencia de los hechos perpetrados contra su familia”, a lo que se agrega el pago de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales y los gastos del proceso. La sentencia dispuso medidas innovadoras en lo vinculado al reconocimiento de los crímenes por parte del Estado. Además de la realización de un acto público de reconocimiento de la responsabilidad internacional en los hechos -tal como ocurrió en la sentencia Gelman o en la reciente sentencia del caso de las “muchachas de abril”, Óscar Tassino y Luis Eduardo González la Corte dispuso que el Estado argentino deberá “publicar el resumen oficial de la Sentencia en el Diario Oficial y la integridad de la Sentencia en un sitio web oficial” y “elaborar, en el plazo de dos años, un documental audiovisual sobre las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el período 1976-1983 y las coordinaciones interestatales en el contexto de la Operación Cóndor, incluidos los hechos del caso y las violaciones declaradas en la sentencia”. 

También se incluyó una serie de medidas tendientes a garantizar la no repetición, como la exigencia para el Estado argentino de realizar “en el plazo de un año, las gestiones pertinentes para convocar a Chile, Uruguay, Perú, Paraguay, Brasil y Bolivia -como participantes en la ejecución de los hechos del caso y en el contexto de la Operación Cóndor- (a fin de) “conformar un grupo de trabajo que coordine los esfuerzos posibles para llevar adelante las tareas de investigación, extradición, enjuiciamiento y, en su caso, sanción de los responsables de los graves crímenes cometidos en el marco del referido plan criminal interestatal”.

Estos aspectos, muchos de ellos novedosos, llevaron a la investigadora italiana Francesca Lessa, doctora en Relaciones Internacionales (que trabajó en Uruguay en su proyecto de investigación del Plan Cóndor) a afirmar que esta sentencia marca “un paso fundamental” y un reconocimiento de la Corte de las demandas de los hermanos Julien y la posibilidad de reparar los daños sufridos.

 

“El pueblo tiene el mismo derecho a la verdad que a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad”. Epicteto (55-135)

 

La presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Antonia Urrejola, se refirió también a este caso en un artículo publicado por ‘La Tercera’ de Chile, donde afirma que “este es un caso emblemático no solo porque refleja el plan sistemático de la apropiación de niñas y niños, sino también la cadena, coordinación represiva y colaboración en pos del horror, por parte de las dictaduras del Cono Sur. En ese sentido, el tribunal recordó que pese a que el caso fue sometido a su conocimiento respecto de Argentina, la noción de garantía colectiva se encuentra subyacente en todo el sistema interamericano. Ello hace imperativo, señala la Corte, que los estados que tuvieron algún tipo de participación en los hechos y, en general, en el contexto de la Operación Cóndor, colaboren entre sí de buena fe con el fin de implementar esfuerzos interestatales coordinados en pos de la verdad y la justicia, por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas”.

Y agrega luego que “los estados del Cono Sur tienen, en esta decisión de la Corte, una hermosa oportunidad no solo de cumplir sus obligaciones internacionales, sino de ejercer una diplomacia y liderazgos activos en una región como la nuestra, en que la democracia y los derechos humanos aún se encuentran amenazados en muchos frentes y en que miles de víctimas siguen buscando verdad y justicia”.

El Porta APU.uy entrevistó a Anatole Larrabeiti Yañez (Anatole Julien Grisonas), víctima de esos episodios, hoy abogado, Fiscal del Misterio Público en Chile y querellante en la causa en la que fue protagonista.

En una lección de vida afirma, tal como quedó consignado en el título, que el perdón, como opción personal, no guarda relación con dejar de lado la memoria. Son dos aspectos muy diferentes de una misma realidad. Este y otros aspectos aborda en esta nota que compartimos con ustedes.

 

 

 

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